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domingo, 30 de agosto de 2015

PETITORIO NACIONAL DE MEDICAMENTOS ESENCIALES 2015

El Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) es un valioso instrumento para promover la racionalidad y la eficiencia en la utilización de medicamentos. Correctamente aplicado, el petitorio contribuye a optimizar la calidad de atención y gastos en los sistemas de salud. Los medicamentos esenciales son aquellos que sirven para satisfacer las necesidades de atención de salud de la mayoría de la población; por tanto, esos productos deben estar disponibles en todo momento, en cantidades adecuadas y en las formas farmacéuticas que se requieran. Se debe tener en cuenta que la mayor parte de productos farmacéuticos que se comercializan en el mercado son duplicativos o no esenciales para la salud, así, un alto número de productos nuevos son variaciones menores de medicamentos ya conocidos que no ofrecen ventajas terapéuticas significativas, a pesar de que usualmente son más costosos. Es prácticamente imposible que los prescriptores, frente a un número creciente de medicamentos en el mercado, el escaso tiempo disponible para su estudio, el limitado acceso a fuentes bibliográficas independientes, puedan estar permanentemente actualizados y con capacidad de evaluar críticamente la relación entre el beneficio, el riesgo y el costo de la mayor parte de medicamentos. El PNUME toma en cuenta criterios técnicos fundamentales de eficacia, seguridad, costo y necesidad, lo que se traduce en un conjunto de medicamentos indispensables para atender las necesidades sanitarias de la mayoría de la población del país. El hecho de que un medicamento no esté considerado en el Petitorio Nacional no significa que no sea eficaz, seguro y útil, sino que existen otras alternativas con un balance beneficio/costo más favorable.

CONSIDERACIONES GENERALES 

  • En el país actualmente se cuenta con el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud , el mismo que debe ser actualizado periódicamente ; en este sentido el Ministerio de Salud a través de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, iniciará el proceso de revisión y actualización del Petitorio vigente.
  • Para este proceso es necesario considerar que la revisión y actualización del PNUME es un proceso técnico, independiente y reservado en el que no intervienen individual o grupalmente proveedores de medicamentos, pacientes, familiares de pacientes o asociaciones de pacientes, entre otros.
  • Los establecimientos de salud del sector público a nivel nacional, incluyendo los del Ministerio de Salud, EsSalud, Sanidad de Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y las Intervenciones Sanitarias del Ministerio de Salud; podrán formular sus propuestas de inclusión/exclusión de medicamentos al Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME), de acuerdo al Anexo Nº 1 con el sustento técnico correspondiente según formato (Anexo Nº 2), a través de los Comités Farmacoterapéuticos /Coordinadores Técnicos de las Estrategias Sanitarias Nacionales/Intervenciones Sanitarias respectivas a nivel nacional.
CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS 

Para el proceso de revisión/actualización del PNUME se tendrá como documento base el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales vigente y como referencia la Lista Modelo de Medicamentos Esenciales de la Organización Mundial de la Salud vigente. Para la inclusión/exclusión de medicamentos en el PNUME se deberá tener en cuenta:
  • Necesidad (de acuerdo a los perfiles de morbi-mortalidad, características poblacionales y de los servicios de salud).
  • Eficacia y seguridad comprobadas.
  • Evaluación comparativa del beneficio en relación al costo de las alternativas disponibles para cada necesidad.
  • Número mínimo necesario de principios activos en cada grupo farmacoterapéutico, así como de las formas farmacéuticas y concentraciones de cada uno de los principios activos.
  • No inclusión de productos combinados a dosis fijas, excepto si cumplen los criterios y requisitos técnicos para justificar su uso (Anexo Nº 3)
  • Empleo de la Denominación Común Internacional.
  • Disponibilidad en el mercado nacional, conveniencia de uso, entre otras.

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